· El cumplimiento del Art. 14 bis de la Constitución Nacional, que garantiza jubilaciones y pensiones móviles.
· Aplicación del 82% móvil de los salarios actualizados para todos los jubilados sin discriminación de sectores.
· La pronta sanción de una ley , como lo ha exhortado la Corte Suprema de la Nación, que determine un mecanismo permanente y objetivo, de ajuste de los beneficios previsionales, sin necesidades de reclamos judiciales.
· El respeto a la dignidad personal y los derechos humanos de los adultos mayores que han aportado durante años y reciben jubilaciones irrisorias.
NO SOLO POR FAMILIARES SI NO POR LOS GOBIERNOS DE TURNO